Comercio Exterior.
Comprobante Fiscal Digital por Internet




A partir del 1º de enero del 2018 de conformidad con lo establecido por el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y en relación con la regla 3.1.34 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), todas las empresas m que exporten mercancías bajo el régimen definitivo mediante pedimento Clave A1, derivado de la enajenación de dicha mercancía, deberán transmitir el complemento de comercio exterior dentro del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente. Es importante señalar que el Servicio de Administración Tributario (SAT), a través de su portal, establece los lineamientos actualizados del complemento de Comercio Exterior en su versión 1.1, los cuales están alineados con los requerimientos de la versión 3.3 para la emisión de CFDI’s.
Destacan dentro de la versión 1.1 del complemento de comercio exterior, los siguientes catálogos a considerar dentro del CFDI: 

• Tipo de Operación
• Clave de pedimento
• Certificado de Origen
• Número de Certificado de Origen
• Número de exportador confiable
• INCOTERM
• Subdivisión
• Observaciones 

• Tipo de cambio
• Domicilio emisor / destinatario
• Descripción de Mercancía
• Fracción arancelaria
• Cantidad aduana
• Unidad de medida
• Valor unitario aduana
• Valor dólares
• Descripciones específicas


La implementación de este complemento de Comercio Exterior, implica la traducción de la información contenida dentro del Anexo 20 del CFDI a información de carácter aduanero donde los datos pertenecientes a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación juegan un papel preponderante, así como la información relacionada con los datos del destinatario en el caso de exportaciones a Estados Unidos y Canadá. 

La transmisión del complemento de Comercio Exterior sustituye a la del acuse de valor. Así, las compañías que efectúan este tipo de exportaciones, deben trabajar en el desarrollo, implementación y pruebas correspondientes. De lo contrario, el 1º de enero de 2018 no estarán en posibilidad de tramitar los pedimentos de exportación correspondientes.

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